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¡Noticia sorprendente! El Supremo decide: ¡La pausa del desayuno y los 15 minutos cuentan como jornada laboral!

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El Supremo reconoce pausa del desayuno y 15 minutos para fichar como trabajo efectivo

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el tiempo empleado para el desayuno y los 15 minutos de cortesía para fichar deben considerarse como parte de la jornada laboral efectiva. Esta decisión establece un precedente en el ámbito laboral español.

Impacto en las empresas

Las empresas deberán ajustar sus horarios y contabilizar dichos periodos como tiempo de trabajo remunerado. Esta resolución protege los derechos de los trabajadores y garantiza que se respeten sus horas laborales.

Repercusiones legales

Este fallo del Supremo puede implicar cambios significativos en las políticas empresariales y contratos laborales. Se espera que las compañías adapten sus normativas para cumplir con esta nueva interpretación legal.

Antecedentes del caso

El caso llegó al Tribunal Supremo después de que un trabajador demandara a su empresa por no considerar como trabajo efectivo el tiempo destinado al desayuno y al fichaje. La sentencia a favor del empleado sienta un precedente para futuros litigios similares.

Conclusiones

La decisión del Tribunal Supremo de reconocer la pausa del desayuno y los 15 minutos de cortesía para fichar como trabajo efectivo marca un hito en la legislación laboral española. Las empresas deberán adecuarse a esta nueva normativa para cumplir con la legalidad vigente y respetar los derechos de los trabajadores.

Prensa24.es