Placeholder Photo

«No puedes cobrar el paro tras una baja voluntaria… ¡excepto en este caso!»

Comenzar

La única excepción para cobrar el paro tras una baja voluntaria

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha establecido una regla clara: la única excepción para cobrar el paro después de una baja voluntaria es que haya razones justificadas para ello.

Según las normativas actuales, no es común que se permita el cobro del paro después de renunciar voluntariamente a un empleo. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales donde se puede considerar esta posibilidad, siempre y cuando se demuestre que la baja voluntaria fue motivada por causas objetivas.

Es importante tener en cuenta que el SEPE analiza detenidamente cada caso y evalúa si las circunstancias que llevaron a la baja voluntaria son válidas y justificadas. En caso afirmativo, se puede autorizar el acceso al paro, pero esta decisión no es automática y está sujeta a revisión.

En resumen, la regla general es que no se puede cobrar el paro después de renunciar voluntariamente a un trabajo, a menos que existan motivos excepcionales que lo justifiquen y que sean reconocidos por el SEPE.

Enlaces del mes:

Noticias en español: Prensa24.esMoha.esJobo.es

Recetas : HowToFry.comTodasRecetas.es

Prensa24.es