«Leyes en el BOE: Descubre por qué tardan solo diez días en publicarse»

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Las leyes tardan de media diez días para ser publicadas en el BOE desde su aprobación

### Proceso de Publicación en el BOE

Las leyes que son aprobadas por las Cortes, ya sea en el Senado o en el Congreso de los Diputados, tardan de media unos diez días en aparecer publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, el plazo constitucional que hay para la publicación es de 15 días hábiles, lo que equivale a unas tres semanas. Esto es así porque antes de publicarse una norma en el BOE, tienen que realizarse una serie de procedimientos para los cuales es necesario un cierto tiempo.

### Leyes aprobadas en 2023

Si se observan las leyes aprobadas durante el año 2023, este periodo es muy variable según cada caso, dependiendo de la complejidad de la ley, las correcciones a realizar, las consultas a las Cámaras que se tengan que hacer, o incluso la agenda del presidente del Gobierno y del Rey, que debe sancionar la norma.

#### Ley que ha tardado más y la que menos

De las leyes aprobadas en el año 2023, el texto que tardó más en publicarse en el BOE fue la **Ley Orgánica del Sistema Universitario** que vio luz verde el **9 de marzo** y no se publicó en el BOE hasta el **23 del mismo mes**. Por contra, llama la atención que la **modificación pactada entre el PSOE y el PP de la ley del solo sí es sí**, impulsada por la entonces ministra de Igualdad, **Irene Montero**, que abrió la puerta a que los jueces dictaran más de mil rebajas de penas y más de cien excarcelaciones de agresores sexuales, se aprobó en el Senado el **26 de abril**, fue sancionada por el Rey el **27** y salió publicada el **28**.

### Procedimiento de Sanción y Publicación

– **Entrada en el ministerio**: Comienza a computar un plazo de 15 días hábiles establecido en el artículo 91 de la Constitución.
– **Galeradas y correcciones**: Remiten el texto definitivo aprobado por las Cámaras al Secretariado del Gobierno que se encarga de los trámites relativos a la sanción y promulgación real de las leyes.
– **Comprobaciones y consultas**: Se realizan comprobaciones oportunas, se corrigen posibles errores de forma y se hacen consultas necesarias.
– **Confección del «canto dorado»**: Se envía el texto al BOE para su consolidación final.
– **Sanción y firma del Rey**: El Secretariado del Gobierno solicita la confección e impresión del «canto dorado» final y la envía a la Jefatura del Estado para la sanción y promulgación real.
– **Publicación en el BOE**: La Oficina del Secretariado del Gobierno inserta la ley en el BOE.

### Entrada en Vigor

De entrada, según el artículo 2.1 del Código Civil, las leyes entrarán en vigor a los **20 días** de su completa publicación en el BOE, si en ellas no se dispone otra cosa. En el caso de la **Ley de Amnistía**, el texto dispone que la norma entrará en vigor al día siguiente a su publicación.

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