El Juzgado da la razón a Glovo y desestima la demanda de Just Eat por competencia desleal
Un fallo que marca un hito en la disputa entre las plataformas de reparto de comida a domicilio
En un revés legal impactante, el Juzgado Mercantil 2 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por Just Eat contra Glovo, en la que se reclamaban 295 millones de euros por supuesta competencia desleal. La sentencia ha dado la razón a la compañía liderada por Óscar Pierre, argumentando que Glovo operó dentro de los límites legales establecidos. El tribunal considera que los contratos utilizados por Glovo desde 2019 garantizaban la autonomía de los repartidores, en pleno respeto a la ‘ley rider’ que regula este tipo de servicios en régimen autónomo.
El fallo destaca que el servicio de reparto de comida a domicilio a través de plataformas digitales representa un sector innovador y tecnológicamente avanzado, cuya regulación laboral resulta controvertida y obsoleta. El magistrado a cargo del caso analiza que Glovo y Just Eat presentan modelos de negocio distintos, siendo Glovo más enfocado en la entrega a domicilio, con un 80% de su actividad, frente al 20% de Just Eat. Esta diferencia fundamental va más allá de la relación laboral con los repartidores.
Modelos de negocio y preferencias de los consumidores
Los consumidores que optan por Glovo destacan las funcionalidades de su aplicación, mientras que los usuarios de Just Eat y Uber Eats valoran principalmente el factor precio y las promociones ofrecidas. A pesar de la reciente transición de Glovo a un modelo laboral para los repartidores a principios de 2025, la cuota de mercado de la compañía no se ha visto alterada significativamente. Según las cifras de junio de 2025, Glovo ostenta una cuota del 53.8%, seguido por Uber Eats con un 28.5% y Just Eat con un 14.5%.
El trasfondo del juicio y las estrategias empresariales en juego
El juicio entre Glovo y Just Eat, celebrado el pasado junio, reveló las estrategias empresariales divergentes de ambas plataformas. Just Eat acusaba a Glovo de obtener una ventaja competitiva injusta al contratar «falsos autónomos», mientras ellos mantenían un modelo de contratación laboral conforme a la Ley Rider. Este enfoque, si bien más costoso para Just Eat, le proporcionaba una mayor estabilidad laboral a sus repartidores, en contraposición a la supuesta flexibilidad del modelo de Glovo.
Un veredicto que redefine el panorama de la competencia en el sector
La sentencia emitida por el Juzgado Mercantil 2 de Barcelona representa un hito en la disputa entre las plataformas de reparto de comida a domicilio, marcando un precedente importante en la regulación de este tipo de servicios. Con Glovo fortalecido por la resolución judicial a su favor, la competencia en el mercado se verá influenciada por nuevas dinámicas y estrategias empresariales en un entorno altamente competitivo y tecnológicamente avanzado.
Conclusion
En conclusión, el fallo del Juzgado a favor de Glovo y la desestimación de la demanda de Just Eat destacan la complejidad y la evolución constante del mercado de reparto de comida a domicilio. Las diferencias en los modelos de negocio, las preferencias de los consumidores y las estrategias legales empleadas por las plataformas reflejan un sector en constante transformación y adaptación a las demandas del mercado y la normativa laboral vigente.